Ley de residuos y suelos contaminados
La reciente aprobación de la ley 7/2022 de residuos y Suelos contaminados establece una serie de medidas, entre otras, tendentes a restricciones a determinados productos de plástico de un solo uso, ampliación del régimen de responsabilidad del productor del residuo, medidas fiscales.
Sin embargo, es objeto de la presente nota las referencias a los suelos contaminados y la obligación de hacer constar en determinados títulos la ejecución de actividades potencialmente contaminantes.
En este sentido, queremos destacar el artículo 98 de la ley que en su punto tercero contempla:
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Este precepto se refiere a TODA transmisión de fincas, derechos reales, declaraciones de obra nueva e incluso en aquellas operaciones urbanísticas.
Así el obligado deberá hacer constar en el título si se han llevado a cabo actividades potencialmente peligrosas, siendo éstas las que se determinen en cada momento de forma reglamentaria.
De igual forma, se contempla la inscripción en el registro de la propiedad a instancia de la Comunidad autónoma de la condición de suelo contaminado y la cancelación de dicha nota marginal una vez realizada y comprobada la descontaminación.
En consecuencia, la ley impone la obligación de consignar en los títulos antes indicados las manifestaciones del propietario, transmitente respecto del ejercicio de actividades potencialmente contaminantes.