Día de Europa: Repaso al sistema jurídico que rige actualmente en la UE
El 9 de mayo de 1950, Paris fue testigo de lo que hoy se conoce como el nacimiento de la Unión Europea. El ministro francés de Asuntos Exteriores, Robert Schuman, expuso su idea de una nueva forma de cooperación política que hiciera impensable un conflicto bélico entre las naciones europeas. Esa idea era la de una institución europea que mancomunara y gestionara la producción de carbón y acero. Justo un año después se firmó el Tratado por el que se creaba esa institución.
La propuesta de Schuman es considerada como el comienzo de la Unión Europea, siendo –por tanto- celebrado hoy por las Instituciones Europeas, las cuales abren sus puerta a todos los ciudadanos de nuestro viejo continente.
A lo largo de los años, la Unión Europea ha ido evolucionando y ha desarrollado un sistema jurídico y político de gobierno -híbrido y complejo- que combina (i) elementos próximos a la cooperación multilateral, si bien fuertemente estructurada e institucionalizada, con (ii) otros de vocación netamente supranacional, regidos ambos por una dinámica de integración regional.
[roto lado=»right» texto=»El derecho de la Unión Europea es el conjunto de normas y principios que determinan el funcionamiento, corporación y competencias de la Unión Europea»]
En cuanto al sistema legal, debemos indicar que el derecho de la Unión Europea es el conjunto de normas y principios que determinan el funcionamiento, corporación y competencias de la Unión Europea. Podemos clasificar el Derecho en dos tipos: (i) el primario, en donde encontramos los Tratados, y (ii) el derivado, compuesto por los reglamentos, las directivas y las decisiones, nace de los principios y objetivos establecidos en los tratados. Asimismo, encontramos la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea, siendo ésta el texto en el que se recogen todos los derechos civiles, políticos, económicos y sociales de los ciudadanos europeos y de todas las personas que viven en el territorio de la Unión. Los derechos fundamentales son la dignidad, la libertad, la igualdad, la solidaridad, la ciudadanía y la justicia.
Consideramos los tratados como la base del Derecho Europeo, habiendo sido estos aprobados voluntaria y democráticamente por todos sus países miembros. Los principales tratados son:
- Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero:
- Firma : 18 de abril de 1951
- Entrada en vigor : 23 de julio de 1952
- Expiración : 23 de julio de 2002
- Finalidad : crear la interdependencia en el sector del carbón y del acero, de tal modo que, a partir de ese momento, no pueda suceder que un país movilice sus fuerzas armadas sin que los demás países tengan conocimiento de ello. Con ello se mitigaron la desconfianza y las tensiones tras la Segunda Guerra Mundial. El Tratado CECA expiró en 2002.
- Tratados de Roma:
- Firma: 25 de marzo de 1957
- Entrada en vigor : 1 de enero de 1958
- Finalidad: instaurar la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM).
- Principales cambios: profundización de la integración europea para incluir la cooperación económica general.
- Tratado de Bruselas:
- Firma: 8 de abril de 1965
- Entrada en vigor: 1 de julio de 1967
- Finalidad: racionalizar las instituciones europeas.
- Principales cambios: creación de una única Comisión y un único Consejo al servicio de las que, por aquel entonces, eran las tres Comunidades Europeas (CEE, EURATOM y CECA). Fue derogado por el Tratado de Ámsterdam.
- Tratado de Maastricht:
- Firma: 7 de febrero de 1992
- Entrada en vigor: 1 de noviembre de 1993
- Finalidad: preparar la Unión Monetaria Europea e introducir elementos de unión política (ciudadanía, políticas comunes de asuntos exteriores y de interior).
- Principales cambios: establecimiento de la Unión Europea e introducción del procedimiento de codecisión, dando más protagonismo al Parlamento en la toma de decisiones. Nuevas formas de cooperación entre los gobiernos de la UE, por ejemplo en materia de defensa y de justicia e interior.
- Tratado de Ámsterdam:
- Firma: 2 de octubre de 1997
- Entrada en vigor : 1 de mayo de 1999
- Finalidad: Reformar las instituciones de la UE para preparar la llegada de futuros países miembros.
- Principales cambios: modificación, renumeración y consolidación de los tratados CEE y UE. Mayor transparencia en la toma de decisiones (mayor utilización del procedimiento legislativo ordinario).
- Tratado de Niza:
- Firma : 26 de febrero de 2001
- Entrada en vigor: 1 de febrero de 2003
- Finalidad: reformar las instituciones para que la UE pudiese funcionar eficientemente tras sumar 25 países miembros.
- Principales cambios: métodos para cambiar la composición de la Comisión y redefinir el sistema de voto en el Consejo.
- Tratado de Lisboa:
- Firma : 13 de diciembre de 2007
- Entrada en vigor: 1 de diciembre de 2009
- Finalidad: hacer la UE más democrática, más eficiente y mejor capacitada para abordar, con una sola voz, los problemas mundiales, como el cambio climático.
- Principales cambios: aumento de competencias del Parlamento Europeo, cambio de los procedimientos de voto en el Consejo, iniciativa ciudadana, carácter permanente del puesto de Presidente del Consejo Europeo, nuevo puesto de Alto Representante para Asuntos Exteriores y nuevo servicio diplomático de la UE.
- El Tratado de Lisboa aclara qué competencias:
- Se atribuyen a la UE.
- Se atribuyen a los países miembros de la UE.
- Se comparten.
Los objetivos de los Tratados de la UE se alcanzan por medio de distintos tipos de actos legislativos. Algunos son vinculantes y otros no. Algunos se aplican a todos los países de la UE y otros sólo a unos pocos.
Por un lado, tenemos los Reglamentos, -actos legislativos vinculantes- que se aplican en toda la UE. Por otro lado, tenemos las Directivas, actos legislativos que establecen objetivos a cumplir por los países miembros y que, a diferencia de los Reglamentos, corresponde a cada país elaborar sus propias leyes sobre cómo alcanzar esos objetivos. Asimismo, tenemos Decisiones –vinculan a los países a los que se dirigen-, Recomendaciones no vinculantes y Dictámenes –declaraciones no vinculantes-.
[roto lado=»left» texto=»El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es la autoridad judicial de la UE y, en colaboración con los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros, vela por la aplicación y la interpretación uniforme del Derecho de la Unión»]
Una vez examinado el funcionamiento el poder legislativo de la Unión Europea, debemos conocer sus instituciones. Las Instituciones de la Unión Europea son los organismos políticos e instituciones en los que los estados miembros delegan parte de sus poderes y soberanía. El Tratado de Lisboa ha consolidado la transformación formal del marco institucional supremo con siete instituciones. Las tres principales en el proceso de toma de decisiones son el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea. También cobra gran importancia el Consejo Europeo como institución que determina la dirección y las prioridades de la Unión.
Por último, nos encontramos con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Éste es la autoridad judicial de la Unión Europea y, en colaboración con los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros, vela por la aplicación y la interpretación uniforme del Derecho de la Unión.
En el marco de esta misión, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea:
- Controla la legalidad de los actos de las instituciones de la Unión Europea;
- Vela por que los Estados miembros respeten las obligaciones establecidas en los Tratados;
- Interpreta el Derecho de la Unión a solicitud de los jueces nacionales.
Si bien los tiempos actuales pueden considerarse tiempos convulsos, esperemos que la Unión Europea siga evolucionando y sus instituciones luchen por y para el beneficio de sus ciudadanos.
¡Feliz día de la Unión Europea!