"Comunidad jurídica de objetivos y solidaridad tácita" por Luis Huerta
El prestigioso digital jurídico Legaltoday.com reproduce un texto de análisis jurídico de nuestro abogado, Luis Huerta que versa sobre una reciente sentencia del Tribunal Supremo, según la cual aunque el artículo 1137 del Código Civil establece en materia de obligaciones «como regla general el principio de la mancomunidad, y como excepción la solidaridad, admitiendo la solidaridad tácita cuando entre los obligados se da una comunidad jurídica de objetivos«.
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