"No confundir la fórmula 360/360 con la fórmula 365/360", un artículo de Mateo Juan en Abogacía Española
Mateo Juan, socio de Bufete Buades especializado en derecho concursal y la ley de segunda oportunidad, publica un nuevo artículo en el Blog de Derecho de los Consumidores de la web oficial del Consejo General de la Abogacía Española, que lleva por título «No confundir la fórmula 360/360 con la fórmula 365/360«. En el texto, Juan reflexiona sobre la fórmula de cálculo del tipo de interés de los préstamos hipotecarios, y la corriente que señala que tomar como base de cálculo el año de 360 días, es nula por abusiva, y hace «una llamada a la prudencia a la hora de formular demanda de nulidad por esta estipulación, a pesar de que sea cierto que en la mayoría de los casos, la fórmula no se expresa en la escritura de préstamo de una forma tan clara y detallada».
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